Documentos del Ciudadano/a Venezolano/a fallecido/a:
- Original y cuatro (4) fotocopias de la Partida de Nacimiento, de la Gaceta Oficial o del Certificado de Naturalización.
- Original y cuatro (4) fotocopias ampliadas de la Cédula de Identidad.
- Original y cuatro (4) fotocopias del Pasaporte.
- Si el/la ciudadano/a estaba casado/a, se requieren cuatro (4) fotocopias del acta de matrimonio y cuatro (4) fotocopias de la cedula de identidad venezolana o siria debidamente traducidos al idioma Español por un traductor jurado.
- En caso de poseer hijos, cuatro (4) fotocopias del acta de nacimiento de los hijos y/o hijas del ciudadano fallecido.
Documentos del Ciudadano/a que declara la Defunción:
- Declarante venezolano: Original y cuatro (4) fotocopias de la Cédula de Identidad y/o Pasaporte
- Declarante sirio: Original y cuatro (4) fotocopias de la Cédula de Identidad y/o Pasaporte debidamente traducidos al idioma Español por un traductor jurado.
Documentos sirio requerido para la inserción:
- Un Original y cuatro (4) fotocopias del Acta de Defunción emitida por el RegistroCivil-Ministerio del Interior Sirio, debidamente legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores sirio yposteriormente traducida al idioma Español por un traductor jurado.
Arancel consular a pagar:
- Cincuentadólares americanos (US $ 50.00) por concepto de aranceles consulares.
MUY IMPORTANTE:
En caso de que se requiera la inserción de la defunción de una persona extranjera, se debe presentar una solicitud expresa debidamente motivada, que evidencie la existencia del vínculo filial conforme al Artículo 125, numeral 4 de la LORC.